En una decisión sin precedentes, la Corte Suprema ratificó la resolución emitida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en mayo de 2024, que sanciona al Canal del Fútbol (CDF), actualmente conocido como TNT Sports , por incurrir en abuso de su posición dominante en el mercado de transmisión en vivo del fútbol profesional chileno. La máxima instancia judicial del país confirmó una multa de 32.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), lo que equivale a más de 28 millones de dólares, marcando así la mayor sanción económica impuesta hasta ahora en Chile. El fallo también acoge la reclamación interpuesta por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), extendiendo las restricciones al conjunto de prácticas comerciales que esta institución había cuestionado originalmente. La Corte Suprema ordenó el cese inmediato de cuatro acciones consideradas anticompetitivas, dos de las cuales no fueron incluidas inicialmente en la sentencia del TDLC. Entre ellas se encuentran la imposición de precios mínimos de reventa y la restricción de campañas promocionales por parte de los operadores de televisión por cable, específicamente en relación a las señales CDF Premium y CDF HD. Además, el fallo obliga a la empresa a suspender otras dos prácticas previamente sancionadas por el TDLC: el establecimiento de un número mínimo arbitrario de abonados garantizados y la condición impuesta a los cableoperadores para distribuir obligatoriamente la señal CDF Básico si desean ofrecer los canales Premium y HD. Según la Corte, estas condiciones configuraron un aprovechamiento indebido que perjudicó tanto a los operadores como a los consumidores finales. La resolución del tribunal destaca quecada una de las prácticas denunciadas, por sí sola y, más aún en conjunto, configura un abuso de posición dominante y produce efectos anticompetitivos, según consignó el sitio web oficial FNE. Con respecto a las restricciones impuestas sobre los precios y promociones, el dictamen enfatiza que “estos mecanismos producen únicamente el efecto impedir libre fijación del precio del producto o condiciones venta razón oferta demanda restringiendo competencia aguas abajo perjuicio consumidores finales”. Sobre venta obligatoria tres señales canal fallo concluye trata venta atada justificación económica válida práctica generado “apalancamiento extracción rentas denunciada perjuicio directo cableoperadores clientes finales”. Fiscal Nacional Económico Jorge Grunberg valoró positivamente sentencia afirmandoesta sentencia constituye hito persecución abusos posición dominante país La Corte Suprema dado señal clara acerca gravedad tipo conductas anticompetitivas confirmar respecto CDF mayor multa individual aplicada caso libre competencia. Investigación FNE originó 2020 detectar desde 2006 CDF aplicaba condiciones contractuales distorsionaban mercado permitían captar beneficios indebidos imposibles obtener entorno competitivo. Fuente: Publimetro
En una decisión sin precedentes, la Corte Suprema ratificó la resolución emitida por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en mayo de 2024, que sanciona al Canal del Fútbol (CDF), actualmente conocido como TNT Sports , por incurrir en abuso de su posición dominante en el mercado de transmisión en vivo del fútbol profesional chileno. La máxima instancia judicial del país confirmó una multa de 32.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), lo que equivale a más de 28 millones de dólares, marcando así la mayor sanción económica impuesta hasta ahora en Chile. El fallo también acoge la reclamación interpuesta por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), extendiendo las restricciones al conjunto de prácticas comerciales que esta institución había cuestionado originalmente. La Corte Suprema ordenó el cese inmediato de cuatro acciones consideradas anticompetitivas, dos de las cuales no fueron incluidas inicialmente en la sentencia del TDLC. Entre ellas se encuentran la imposición de precios mínimos de reventa y la restricción de campañas promocionales por parte de los operadores de televisión por cable, específicamente en relación a las señales CDF Premium y CDF HD. Además, el fallo obliga a la empresa a suspender otras dos prácticas previamente sancionadas por el TDLC: el establecimiento de un número mínimo arbitrario de abonados garantizados y la condición impuesta a los cableoperadores para distribuir obligatoriamente la señal CDF Básico si desean ofrecer los canales Premium y HD. Según la Corte, estas condiciones configuraron un aprovechamiento indebido que perjudicó tanto a los operadores como a los consumidores finales. La resolución del tribunal destaca quecada una de las prácticas denunciadas, por sí sola y, más aún en conjunto, configura un abuso de posición dominante y produce efectos anticompetitivos, según consignó el sitio web oficial FNE. Con respecto a las restricciones impuestas sobre los precios y promociones, el dictamen enfatiza que “estos mecanismos producen únicamente el efecto impedir libre fijación del precio del producto o condiciones venta razón oferta demanda restringiendo competencia aguas abajo perjuicio consumidores finales”. Sobre venta obligatoria tres señales canal fallo concluye trata venta atada justificación económica válida práctica generado “apalancamiento extracción rentas denunciada perjuicio directo cableoperadores clientes finales”. Fiscal Nacional Económico Jorge Grunberg valoró positivamente sentencia afirmandoesta sentencia constituye hito persecución abusos posición dominante país La Corte Suprema dado señal clara acerca gravedad tipo conductas anticompetitivas confirmar respecto CDF mayor multa individual aplicada caso libre competencia. Investigación FNE originó 2020 detectar desde 2006 CDF aplicaba condiciones contractuales distorsionaban mercado permitían captar beneficios indebidos imposibles obtener entorno competitivo. Fuente: Publimetro