Multas por mojar a peatones y ciclistas al conducir bajo la lluvia
Según el artículo 118 de la Ley de Tránsito, los conductores deben evitar mojar a peatones y ciclistas al circular en calles mojadas.
El reciente sistema frontal que afecta diversas regiones del país ha generado inconvenientes en el tránsito, especialmente en áreas urbanas, donde la acumulación de agua ha llevado a inundaciones en las calles. Esto ha suscitado un tema importante: las consecuencias de mojar a peatones o ciclistas con un vehículo durante estas condiciones climáticas adversas.
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Según el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), los conductores que mojen a un peatón o ciclista con su auto están expuestos a una multa que puede alcanzar hasta 1 UTM.
De acuerdo con el artículo 118 de la Ley de Tránsito, “en caso de haber agua en la calzada, el conductor cuidará que esta no moje la acera ni a los peatones o conductores de ciclos”.
La sanción por esta conducta puede variar entre 0,5 y 1 UTM, lo que se traduce en un monto que oscila entre $34.393 y $68.785, considerando el valor de la UTM a junio de 2025.
La Ley de Tránsito establece estas normativas con el fin de promover una mayor responsabilidad entre los conductores, especialmente en días de lluvia, donde la visibilidad y el control del vehículo pueden verse comprometidos. Las autoridades hacen un llamado a la conciencia de los choferes, recordando que la seguridad de los peatones y ciclistas es prioritaria.
Fuente: Publimetro